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Resolución No. 01713 del 03 noviembre de 2022

Resolución No. 01713 del 03 noviembre de 2022

Nacional
Última actualización: 03 de noviembre de 2022

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RESOLUCIÓN No. 01713 del 3 de noviembre de 2022

"POR MEDIO DE LA CUAL SE TERMINA Y LIQUIDA UNILATERALMENTE EL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES No. 481 DE 2022, SUSCRITO ENTRE EL FONDO ÚNICO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES Y CAROL ROLAY HERNÁNDEZ PARADA"

Se Publica la parte resolutiva de la resolución No. en la página electrónica de la Entidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011. así:

(...)

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. TERMINAR unilateralmente el contrato de Prestación de Servicios Profesionales No. 481 de 2022, suscrito con la señora CAROL ROLAY HERNANDEZ PARADA (Q.E.P.D), quien se identificó en vida con cédula de ciudadanía No. 60.264.031 expedida en Pamplona, a partir del día 19 de abril de 2022 como consecuencia de su fallecimiento.

ARTÍCULO SEGUNDO. LIQUIDAR de manera unilateral el contrato de Prestación de Servicios Profesionales No. 481 de 2022 suscrito con la señora CAROL ROLAY HERNANDEZ PARADA (Q.E.P.D), quien se identificó en vida con cédula de ciudadanía No. 60.264.031 expedida en Pamplona, en el estado en que se encuentra, conforme con la parte considerativa del presente acto administrativo, la cual quedará, así:

CONCEPTO VALOR
Valor Inicial del contrato $95.460,636
Adición y prórroga del contrato N/A
Valor total contrato $95.460,636
Valor ejecutado y pagado (por el período comprendido entre el 21 de enero al 31 de marzo de 2022). $18.561.790
Valor ejecutado y no pagado (por el período comprendido entre el 1 al 17 de abril de 2022). $4.507.863
Valor no ejecutado a favor del Fondo Único de TIC, por liberar. $67.087.614

Parágrafo: Declarar a paz y salvo al FONDO ÚNICO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES por todo concepto, frente a sus obligaciones previstas en el contrato de Prestación de Servicios Profesionales No 481-2022.

ARTÍCULO TERCERO. ORDENAR EL PAGO de la suma de CUATRO MILLONES QUINIENTOS SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES PESOS MCTE ($4.507.863) en la cuenta bancaria registrada por la contratista para efecto de los pagos derivados del contrato de prestación de servicios profesionales No. 481 de 2022.

Parágrafo: En caso de que la cuenta señalada en el presente artículo se encuentre inactiva o cerrada, se constituirá un título de depósito bancario a nombre de CAROL ROLAY HERNANDEZ PARADA (Q.E.P.D), quien se identificó en vida con cédula de ciudadanía No. 60.264.031 expedida en Pamplona por la suma anteriormente mencionada.

ARTÍCULO CUARTO. LIBERAR del registro presupuestal No. 56222 de fecha 20 de enero de 2022, la suma de SESENTA Y SIETE MILLONES OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CATORCE PESOS M/CTE ($67.087.614), de conformidad con el balance financiero y una vez en firme el presente Acto Administrativo.

ARTÍCULO QUINTO. NOTIFICAR personalmente el contenido de la presente Resolución a la señora ELIZABETH PARADA PARRA, identificado con la cédula de ciudadanía número 60.256.995 en calidad de madre de la fallecida y al representante legal y/o apoderado de SEGUROS MUNDIAL., identificado con NIT: 860.037.013-6 en su calidad de garante del contrato de prestación de servicios profesionales No. 481 de 2022, a través de la póliza de cumplimiento No. NB-100193707 - anexo No. 0, certificado No. 71185755 en los términos de los artículos 67 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO SEXTO. Publicar la parte resolutiva de la presente resolución en la página electrónica de la Entidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO SÉPTIMO. Remitir comunicación junto con la copia del presente acto administrativo a la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales - UGPP para lo de su competencia, en atención a la seguridad social pendiente, correspondiente al periodo comprendido entre el 1 al 17 de abril de 2022 en cabeza de la señora CAROL ROLAY HERNANDEZ PARADA (Q.E.P.D) en virtud del Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No 481 de 2022, trámite que realizará la supervisora designada para el contrato.

ARTÍCULO OCTAVO: Contra la presente resolución procede el recurso de reposición de conformidad con lo dispuesto en el Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO NOVENO. Comunicar. Una vez en firme, remitir copia del presente acto administrativo y de la constancia de notificación y ejecutoria a la Subdirección de Gestión Contractual y a la Subdirección Financiera del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para lo de su competencia.

ARTÍCULO DÉCIMO. Publíquese el presente acto administrativo en la plataforma SECOP II una vez quede ejecutoriado, en los términos establecidos el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. Vigencia: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

(...)

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

FIRMADO DIGITALMENTE
LUZ AIDA BARRETO BARRETO
Secretaria General

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Resolución No. 01713 del 03 noviembre de 2022

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