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MinTIC recuerda normativa para la prestación del servicio de radiodifusión sonora en época electoral

MinTIC recuerda normativa para la prestación del servicio de radiodifusión sonora en época electoral

Última actualización: 04 de septiembre de 2019
Teniendo en cuenta que las elecciones de autoridades locales y territoriales se llevarán a cabo el próximo 27 de octubre, el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) expidió una circular informativa en la que se exponen las restricciones a considerar por parte de los prestadores de servicios de radiodifusión sonora comunitaria y de interés público.

En la circular se destaca la prohibición de actividades con fines proselitistas y la emisión de publicidad política. Como dictan los artículos 26 y 27 de la Resolución 415 de 2010, la programación de las estaciones de radiodifusión sonora debe estar orientada a “generar espacios de expresión que conduzcan al fortalecimiento de las diferentes identidades sociales y culturales de la comunidad y que aseguren una convivencia pacífica”.

Asimismo, el documento resalta que las emisoras deben ser una herramienta democrática de la comunidad que respete la pluralidad de opiniones y que promueva la equidad y la legalidad.

El incumpliendo de las normas mencionadas en el numeral 12 del artículo 64 de la Ley 1341 de 2009, dará inicio a los respectivos procedimientos administrativos de carácter sancionatorio por parte del MinTIC.

Consulte la circular que presenta las disposiciones establecidas en la Resolución 415 de 2010 para el servicio de Radiodifusión Sonora.

MinTIC recuerda normativa para la prestación del servicio de radiodifusión sonora en época electoral

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