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MinTIC reglamenta el procedimiento de disposición final de los envíos postales declarados en rezago
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) expidió la Resolución 1822 del 2018, una herramienta normativa que fija el procedimiento de disposición final de los envíos postales declarados en rezago y que aplica a todos los operadores de mensajería expresa y al Operador Postal Oficial, Servicios Postales Nacionales S.A. 4-72.
Los envíos postales declarados en rezago son aquellos cuya entrega al destinatario o devolución a su remitente no se materializó por parte del operador, transcurridos tres meses a partir de la fecha de su imposición.
Dentro de los lineamientos establecidos, cabe destacar que, cuando se trate de envíos con objetos de valor, dinero y/o valores convertibles, será el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) la primera entidad contemplada como beneficiaria de estos contenidos, los cuales serán entregados a título de donación.
Con este procedimiento se garantiza la transparencia por parte de los operadores en el manejo de los envíos declarados en rezago y a través de la publicación en sus sitios web, durante dos meses, de las actas que especifican las características de dichos envíos, se brinda a los usuarios la posibilidad de recuperarlos.