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La ciudadanía en general podrá enviar sus aportes y comentarios al borrador del decreto de obligaciones de hacer hasta el 16 de octubre de 2019

MinTIC publica para comentarios borrador del decreto que reglamenta obligaciones de hacer de los operadores de telecomunicaciones (Plazo para comentarios cerrado)

Última actualización: 01 de octubre de 2019
El propósito del ministerio de las TIC es que todos los interesados puedan realizar comentarios y sugerencias al documento hasta el próximo 16 de octubre de 2019. Dicho borrador busca modernizar el uso de las obligaciones de hacer de los operadores de telecomunicaciones, con las cuales se pactan beneficios para la comunidad que vive en zonas rurales del país.

Con este nuevo decreto se busca beneficiar a la población de bajos recursos de zonas rurales y apartadas con acceso a servicios de telecomunicaciones, así como a instituciones oficiales tales como bibliotecas, escuelas y centros de salud. En general, los proyectos que se desprenden de este mecanismo contemplan llevar conectividad primordialmente a zonas que en la actualidad no cuentan con estos servicios. 

Las obligaciones de hacer facilitan la cobertura de los servicios de telecomunicaciones a lo largo del territorio nacional y contribuyen con mayor progreso y seguridad para sus habitantes. De este modo, las personas de las zonas rurales tendrán las mismas oportunidades que los que habitan en la ciudad, podrán acceder a mejores oportunidades. Eso es equidad”, dijo la ministra de las TIC, Sylvia Constaín. 

La ciudadanía en general podrá enviar sus aportes y comentarios al borrador del decreto de obligaciones de hacer hasta el 16 de octubre de 2019, a través del correo electrónico dptic@mintic.gov.co.

Con la publicación del borrador del decreto, el MinTIC pone a comentarios de la ciudadanía la reglamentación de la formulación, presentación, autorización, ejecución, cuantificación y verificación de los proyectos que se ejecuten a través de este mecanismo de pago de la contraprestación económica por el uso del espectro radioeléctrico y la contraprestación periódica a cargo de los operadores de servicios postales, así como del pago del valor para su inscripción en el Registro de Operadores Postales o para renovar su inscripción. Lo anterior se da en línea con las nuevas disposiciones de la Ley 1955 de 2019, la Ley 1978 de 2019 y el Plan Nacional de Desarrollo ‘Pacto por Colombia, pacto por la equidad’.

Borrador del decreto

Soporte técnico

Comentarios al proyecto de decreto

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