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Como parte de la ejecución del Plan Vive Digital, el Ministerio TIC, desarrolla una labor preventiva de vigilancia y control dirigida a los operadores de telecomunicaciones en el país

Última actualización: 19 de abril de 2012

La radio es un servicio público orientado a satisfacer las necesidades de telecomunicaciones de todos los habitantes del territorio nacional. El permiso para operar una emisora de radio es otorgado por el Estado Colombiano y se puede autorizar a particulares, bajo condiciones que suponen una gran responsabilidad para los concesionarios.
La obtención de una licencia de radio supone cumplir con unas obligaciones a cargo del concesionario, el cual debe asegurar su estricto cumplimiento. Dentro de las principales obligaciones se encuentran:

1. Garantizar la sostenibilidad técnica mediante equipos idóneos para la transmisión, cumplir con programación que apunte a los fines del servicio, tener en regla los condicionamientos para conservar la autorización y autoliquidar y pagar las contraprestaciones por uso del espectro en los plazos y condiciones establecidas.

2. Inscribirse en el Registro TIC con el fin de suministrar al Ministerio TIC información veraz y oportuna.

3. Prestar el servicio con los parámetros técnicos esenciales autorizados por el Ministerio TIC en la respectiva Licencia, entre los que se encuentran: frecuencia, potencia de la operación, ubicación del sistema de transmisión, parámetros técnicos establecidos en el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada AM y/o FM.

4. Comunicar al Ministerio TIC cualquier modificación de los parámetros técnicos no esenciales, como: nombre de la emisora, ubicación de los estudios en la sede de la estación y horario de operación.

5. Autoliquidar y pagar las contraprestaciones por el uso del espectro antes del 30 de marzo de cada año.

6. Entregar al Ministerio TIC dentro del primer trimestre del año, los paz y salvos vigentes al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, por uso de obras musicales o sonoras protegidas.

7. Solicitar la licencia para transmitir programas periodísticos o informativos al Ministerio TIC, la cual será expedida a favor de su director y cumpliendo con los siguientes requisitos: registro del nombre del programa y de su director ante el Ministerio, determinación de las características de la emisión y del horario de transmisión, así como la estación de radiodifusión sonora por donde será transmitido el programa, y póliza que garantice el cumplimiento de las disposiciones legales equivalente a veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

8. Conservar las grabaciones de los programas periodísticos o informativos durante los treinta (30) días siguientes a su emisión.

9. En el caso de emisoras comunitarias o de interés público, dar cumplimiento estricto a la prohibición de transmitir publicidad política o hacer proselitismo político.

La Dirección de Vigilancia y Control hace un llamado atento a los concesionarios de radio para que actúen dentro del marco constitucional, legal y reglamentario que les aplica, observando una conducta responsable frente a la licencia que les ha sido otorgada. También les recuerda a las Emisoras Comunitarias en Colombia, que en su calidad de concesionario del servicio de Radiodifusión Sonora, es importante atender de manera estricta el cumplimiento de las prohibiciones de la Resolución 415 del 13 de abril de 2010, en el sentido de que no podrán transmitir ningún tipo de programa con fines proselitistas, ni publicidad política.

Como medida preventiva, el Ministerio TIC está desarrollando un nuevo modelo de vigilancia para sensibilizar a todos los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones, para que cumplan con las responsabilidades adquiridas con los usuarios.

Circular 000001 de 2011. Resolución 0022 del 10 de febrero de 2011. Consejo Nacional Electoral
Radios Comunitarias. Tema Electoral

MAYORES INFORMES
Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
Dirección de Vigilancia y Control
Suzy Sierra Ruiz Tel. 344 3460 ext. 2263

Oficina de Prensa y Comunicaciones
Margarita María Mora Tel. 3443460 ext. 2362
Claudia Hurtado Tel. 3443460 ext. 4180

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