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Acción de Tutela No. 11001-31-09-015-2026-00226-00

Bogotá
Última actualización: 18 de junio de 2026

JUZGADO QUINCE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C.

  • Acción de Tutela Radicado: 11001-31-09-015-2026-00226-00
  • Accionante: MARÍA CORTÉS BURITICA en calidad de Representante Legal de la Empresa-DIBUJOS EDUCATIVOS S.A.S.
  • Accionados: Ministerio de Tecnología de la Información y las Comunicaciones MINTIC; Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones FUTIC.
  • Vinculados: EMPRESA PUNTA MULATA PRODUCCIONES S.A.S
  • Descripción: Esta publicación se hace a solicitud del Despacho, quién mediante sentencia de primera instancia del 17 de junio de dos mil veintiséis (2026), ordena al Ministerio: (...) SEGUNDO: ORDENAR al MINISTERIO DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIÓNES-MINTIC y el FONDO ÚNICO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES-FUTIC según fuere el caso, comunicar y notificar por el medio más idóneo, el fallo de la presente Acción Constitucional y en la plataforma respectiva para tal fin, a las personas que ostentan la calidad de participante en el ""Convocatoria Audiovisual MinTIC Abre Cámara de 2026", quienes podrían resultar afectados con la decisión que aquí adoptada, y de lo cual deberá aportar a este Despacho la respectiva constancia de la publicación.(...)
    Asimismo, mediante correo fechado del 18 de junio de 2026, el despacho ordena: "Cordial saludo, de manera atenta y respetuosa SE ORDENA al MINISTERIO DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIÓNES-MINTIC y el FONDO ÚNICO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES-FUTIC según fuere el caso, comunicar y notificar por el medio más idóneo, que la tutela de la referencia fue remitida al Honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, a efectos de resolver la impugnación interpuesta por la parte accionante, y en la plataforma respectiva para tal fin, a las personas que ostentan la calidad de participante en el ""Convocatoria Audiovisual MinTIC Abre Cámara de 2026", quienes podrían resultar afectados con la decisión que eventualmente se adopte en sede se segunda instancia.

Consulte los documentos anexos:

Acción de Tutela No. 11001-31-09-015-2026-00226-00

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