Servicios especiales (DL. 1900-90)
Son aquellos que se destinan a satisfacer, sin ánimo de lucro ni comercialización en cualquier forma, necesidades de carácter cultural o científico. (UIT): Los servicios especiales son destinados a satisfacer necesidades de interés general.
Son aquellos que se destinan a satisfacer, sin ánimo de lucro ni comercialización en cualquier forma, necesidades de carácter cultural o científico. (UIT): Los servicios especiales son destinados a satisfacer necesidades de interés general.