Vigilancia, Inspección y Control

¿Qué es la Dirección de Vigilancia, Inspección y Control del MinTIC?

La Dirección de Vigilancia, Inspección y Control (DVIC) es la encargada de administrar los planes, programas, proyectos y procesos del Ministerio relacionados con los asuntos de inspección, vigilancia y control sobre la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones y servicios postales, con objetividad y confianza para el país, los interesados directos y la sociedad en general.

¿Qué hacemos?

De acuerdo con las disposiciones de la Ley 1341 de 2009, Ley 1369 de 2019 y Ley 1978 de 2019, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) tiene la facultad de realizar la inspección y vigilancia de la prestación de servicios de telecomunicaciones y servicios postales que se prestan en el país, así como ejercer la facultad sancionatoria frente al incumplimiento de las obligaciones por parte de los prestadores de servicio. Por su parte, el Ministerio TIC a través del Decreto 1064 de 2020 asigna a la Dirección de Vigilancia, Inspección y Control las funciones relacionadas con la verificación de cumplimiento de las obligaciones legales, reglamentarias, regulatorias y contractuales a cargo de los prestadores de servicios, así como la función de adelantar los procesos administrativos sancionatorios cuando se evidencie alguna no conformidad por parte de ellos.

De acuerdo con lo anterior, es responsabilidad de la Dirección de Vigilancia, Inspección y Control realizar la verificación de cumplimiento de las obligaciones técnicas, jurídicas, administrativas, financieras y de riesgos a cargo de los prestadores de servicios de comunicaciones móviles, no móviles, radiodifusión sonora, televisión y servicios postales, sin que esto implique la verificación de la relación que existe entre el prestador de servicios y el usuario.

¿Cómo hacemos verificaciones?

El ejercicio de vigilancia e inspección que adelanta la dirección se realiza mediante la verificación en campo o remoto de las obligaciones técnicas, administrativas, legales, financieras y de riesgos a cargo de los prestadores de servicios de telecomunicaciones y servicios postales. Dicha verificación podrá ejercerse a través de grupos interdisciplinarios externos.

Funciones de la Dirección de Vigilancia, Inspección y Control

  1. Dirigir los procesos y procedimientos de inspección, vigilancia y control respecto del cumplimiento del régimen de telecomunicaciones, televisión, radiodifusión sonora y postal, de orden legal, reglamentario, contractual y regulatorio de quienes provean servicios de telecomunicaciones, televisión, radiodifusión sonora y de los servicios postales, de responsabilidad del Ministerio, y expedir los actos administrativos requeridos en cada proceso.
  2. Orientar a los prestadores de servicios de telecomunicaciones y servicios postales en la implementación de medidas para el cumplimiento de sus obligaciones y para el fomento de la cultura de la legalidad.
  3. Verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, reglamentarias y regulatorias a cargo de los prestadores de servicios de telecomunicaciones y servicios postales.
  4. Verificar el cumplimiento y ejecución de las obligaciones de hacer.
  5. Articular con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades de gobierno, planes, programas y procesos que contribuyan a una cultura de cumplimiento de las obligaciones legales, reglamentarias, regulatorias y contractuales a cargo de los prestadores de prestadores de servicios de telecomunicaciones y servicios postales, de responsabilidad del Ministerio.
  6. Iniciar de oficio o a solicitud de parte procesos administrativos frente a los prestadores de servicios de telecomunicaciones y servicios postales.
  7. Llevar a cabo las investigaciones y practicar o comisionar, cuando sea necesario, las diligencias que correspondan de acuerdo con la normativa vigente.
  8. Decidir en primera instancia los procesos administrativos que se adelanten por la Subdirección de Investigaciones e imponer las sanciones que la ley y las normas autorizan.
  9. Llevar un registro y seguimiento de las actuaciones administrativas que se relacionen con la gestión de los prestadores de servicios de telecomunicaciones y servicios postales, en conexión con los sistemas de información dispuestos por el Ministerio para tal fin.
  10. Expedir conceptos, circulares y demás actos administrativos que se requieran con el fin de orientar el ejercicio de las actividades inspección, vigilancia y control.
  11. Liderar, administrar y supervisar la ejecución de contratos que el Ministerio suscriba con terceros para adelantar actividades de Vigilancia, Inspección y Control sobre la integridad de la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones y servicios postales.
  12. Decidir los recursos de reposición que sean interpuestos en contra de las decisiones emitidas y conceder el recurso de apelación ante el viceministro que ejerce la segunda instancia en los términos del numeral 14 del artículo 13 del presente Decreto.
  13. Las demás que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia.

¿Qué no hacemos?

No tenemos funciones de inspección, vigilancia y control respecto de:

  • Contenidos de TV. La autoridad encargada es la CRC.
  • Régimen de Protección de Derechos de Usuarios de Comunicaciones o protección de datos personales. La autoridad competente es la SIC.
  • No resolvemos peticiones, quejas o reclamos contra los operadores de telecomunicaciones.
  • No regulamos sobre la prestación de los servicios. La autoridad encargada es la CRC.
  • No tenemos potestades de control para ordenar o practicar medidas cautelares ni impartir órdenes administrativas.
  • No llevamos un registro sobre propietarios de páginas web o de dominios.
  • No gestionamos permisos de instalación de torres ni ordenamos el desmonte de estas.
  • No controlamos el uso indebido del espectro ni realizamos el decomiso de los equipos.
  • No sancionamos a medios de comunicación

Para más información consulte la cartilla Dirección de Vigilancia, Inspección y Control:

¿Sobre qué servicios tenemos competencia?

Actualmente, la inspección, vigilancia y control a prestadores de servicios en Colombia se divide según el servicio a vigilar:

  • Servicio de Comunicaciones: Compuesto por los prestadores de servicios de comunicaciones móviles y no móviles.
  • Servicio de Radiodifusión Sonora: Compuesto por emisoras comunitarias, de interés público y comerciales.
  • Servicio de Televisión: Compuesto por prestadores de servicios de televisión abierta y televisión cerrada.
  • Servicio Postal: Conformado por los prestadores de servicios de postales de pago, mensajería expresa y el Operador Postal Oficial (4-72).

¿Por qué es importante nuestra gestión? ¿Cómo beneficia a los colombianos?

  • La inspección, vigilancia y control de los servicios es clave en la evolución y progreso de los sectores TIC y postales del país. Al garantizar un cumplimiento efectivo y oportuno de la normatividad, no solamente se fortalece la industria, sino también, se posibilita a los colombianos el acceso a servicios de calidad.
  • Construimos país en el momento en que los servicios TIC y postales marcan un estándar alto de calidad y la ciudadanía accede confiadamente a ellos. Para lograrlo, el MinTIC trabaja diariamente vigilando, inspeccionando, controlando y visitando continuamente a los prestadores de servicios.
  • El Ministerio TIC se encarga de atender necesidades a través de proyectos educativos y de conectividad con lo que ha sido recaudado en el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
  • Contribuye a la competitividad y mejoramiento del sector TIC a través de la eficiente y oportuna vigilancia e inspección.
  • Aporta en la construcción de las normas a la luz del mejoramiento y evolución de la prestación de los servicios TIC y postal en el país.

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