Subdirección de Vigilancia e Inspección

Subdirector de Vigilancia e Inspección (e) - Daniel Guauque Cárdenas

Subdirector de Vigilancia e Inspección - Daniel Guauque Cárdenas
Última actualización: 25 de junio de 2026

Administrador Público y Especialista en Gestión Pública por la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP). Además, cuenta con formación complementaria en inteligencia artificial aplicada, ciencia de datos, evaluación de servicios 5G y comercio electrónico. Su trayectoria comprende más de diez años de experiencia en el sector público, con énfasis en la vigilancia, inspección y control, la gestión administrativa y la estructuración de actuaciones administrativas.

A lo largo de su trayectoria profesional estuvo vinculado a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), donde participó en procesos relacionados con el empleo público y la carrera administrativa, la proyección de actos administrativos, la supervisión contractual, la realización de auditorías a entidades operadoras y la gestión de procesos de selección de alcance nacional y desde 2024 se desempeñó como Profesional Especializado en la Subdirección de Vigilancia e Inspección del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC).


¿Qué es vigilancia?

La vigilancia está referida a funciones de advertencia, prevención y orientación encaminadas a que los actos del ente vigilado se ajusten a la normatividad que lo rige.

¿Qué es inspección?

La Inspección comporta la facultad de solicitar información de las personas objeto de supervisión, así como de practicar visitas a sus instalaciones y realizar auditorías y seguimiento de su actividad.

¿Qué hacemos?

La subdirección de vigilancia e inspección es la responsable de adelantar todos los planes, proyectos y acciones encaminados a obtener información que permita identificar el estado de cumplimiento de las obligaciones técnicas, financieras, legales, administrativas y de riesgos que deben cumplir los Proveedores de Redes y Servicios de Telecomunicaciones (PRST) y los Operadores Postales. Adicionalmente esta subdirección adelanta todas las acciones relacionadas con la promoción y prevención respecto al cumplimiento por parte de los vigilados, a fin de generar una cultura de auto control y prevención.

Funciones subdirección:

Decreto 1064 de 2020

  1. Diseñar, implementar y evaluar mecanismos que permitan verificar el cumplimiento de los prestadores de servicios de telecomunicaciones y servicios postales, conforme a las obligaciones legales, reglamentarias, contractuales y regulatorias a su cargo, así como las obligaciones de hacer que les sean autorizadas.
  2. Recaudar las evidencias dentro de las actividades de inspección y remitirlas a la Subdirección de Investigaciones Administrativas, de conformidad con lo definido en proceso y normatividad vigente.
  3. Realizar visitas de inspección y vigilancia, directamente o con apoyo de un tercero, con fundamento en las obligaciones legales, reglamentarias, contractuales y regulatorias a cargo de los prestadores de servicios de telecomunicaciones y servicios postales.
  4. Realizar visitas de inspección a sus prestadores de servicios de telecomunicaciones y servicios postales, con el fin de obtener un conocimiento integral respecto a su situación de orden jurídico, técnico, administrativo, financiero y contable.
  5. Adelantar averiguaciones preliminares, inspecciones administrativas y obtener la información que requiera de personas, instituciones o empresas ajenas a la inspeccionada, siempre que resulten necesarias en el desarrollo de sus funciones de inspección y se cumplan los requisitos legales.
  6. Acceder y recaudar la información, documentos, actos y contratos, para verificar el cumplimiento de las obligaciones en los ámbitos jurídico, técnico, administrativo, financiero y contable.
  7. Adelantar las diligencias de decomiso de conformidad con la normativa vigente.
  8. Divulgar con los prestadores de servicios de telecomunicaciones y servicios postales el alcance de sus obligaciones legales, contractuales y regulatorias y divulgar la matriz de obligaciones para su debido cumplimiento.
  9. Brindar acompañamiento a los prestadores de servicios de telecomunicaciones y servicios postales para la implementación de medidas encaminadas al cumplimiento de las obligaciones legales, reglamentarias, contractuales y regulatorias, y los fines y principios y servicios para el caso de radiodifusión sonora.
  10. Orientar a los prestadores de servicios de telecomunicaciones y servicios postales y desarrollar acciones que contribuyan al cumplimiento y a la generación de una cultura de cumplimiento de las obligaciones legales, reglamentarias, contractuales y regulatorias.
  11. Articular con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades de gobierno, planes, programas y procesos que contribuyan a una cultura de cumplimiento de las obligaciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales, así como frente a los fines y principios y servicios para el caso de radiodifusión sonora

Para más información consulte el Decreto 1064 de 2020

Nuestros Vigilados

Servicios de comunicación Servicios postales Servicios de Televisión Servicios de Radiodifusión Sonora
Internet fijo, móvil Mensajería Expresa Televisión abierta Emisoras Comunitarias
Telefonía fija, móvil Correo Televisión cerrada Emisoras Comerciales
Servicio Portador Postales de Pago (Giros Postales) Emisoras de Interés Público
Valor Agregado

Servicios de Comunicaciones

Los servicios de comunicaciones hacen referencia a servicios de Internet fijo, Internet móvil, telefonía móvil y telefonía fija en Colombia. Estos cumplen el propósito de garantizar el goce de los derechos a la comunicación, la vida en situaciones de emergencia, la educación, la salud, la seguridad personal y el acceso a la información, al conocimiento, la ciencia y la cultura, así como el de contribuir a la masificación de los trámites y servicios digitales, de conformidad con la Ley.

Es deber de la Nación asegurar la prestación continua, oportuna y de calidad de los servicios públicos de comunicaciones, para lo cual, en el apoyo del Ministerio TIC, velará por vigilar e inspeccionar que la calidad y cobertura de dichos servicios sea óptima, en las entidades territoriales.

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Servicios Postales

De acuerdo con la Ley 1369 de 2009, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones tiene algunas funciones específicas en relación con los Servicios Postales como:

  • Actuar como autoridad de Inspección, Control y Vigilancia frente a todos los Operadores Postales, con excepción de la vigilancia sobre el cumplimiento de las normas relacionadas con la protección de la competencia, la protección del consumidor y el lavado de activos.
  • Adelantar las investigaciones para establecer posibles infracciones al régimen de los servicios postales e imponer las sanciones previstas en la ley.

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Servicio de Radiodifusión Sonora

El Servicio de Radiodifusión Sonora se clasifica en función de la gestión del servicio, la orientación de su programación, el área de cubrimiento autorizada y la tecnología de transmisión utilizada, así:

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Servicio de Televisión

Según la Ley 1978 de 2019, todas las funciones de regulación, inspección, vigilancia y control en materia de contenidos que la Ley asignaba a la ANTV serán ejercidas por la Comisión de Regulación de Comunicaciones. Asimismo, las demás funciones de inspección, vigilancia y control que la Ley asignaba a la ANTV serán ejercidas por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. En ese sentido:

  1. Las funciones del MinTIC en materia de vigilancia e inspección frente a operadores de TV, están relacionadas con la prestación del servicio, en todas sus modalidades, ejerciendo la vigilancia, inspección y control de todos los marcos normativos, legales, reglamentarios y regulatorios que rigen el servicio de televisión en sus diferentes clasificaciones.
  2. La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) se encarga de promover y regular la libre competencia, garantizar el pluralismo e imparcialidad informativa, evitar el abuso de posición dominante, reglamentar lo referido al control de contenidos audiovisuales y regular las condiciones de operación y explotación respecto de la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones, incluyendo el servicio de televisión abierta radiodifundida y todas las demás modalidades del servicio de televisión y el servicio de radiodifusión sonora (Ley 1978 de 2019)
  3. La SIC se encarga de todas las funciones de protección de la competencia y de protección del consumidor, con excepción de las expresamente asignadas en la Ley 1978 de 2019.
  4. La ANE es la encargada de aplicar la medida de suspensión y decomiso de los equipos con que se lleve a cabo la prestación de los servicios de televisión no autorizados que utilicen espectro radioeléctrico.

¿Cómo trabajamos?

Administración de Recolección y Análisis Información

Este grupo interno de trabajo realiza actividades orientadas al seguimiento y verificación del cumplimiento de las obligaciones por parte de los prestadores de servicios de telecomunicaciones y servicios postales que sean competencia de la Dirección de Vigilancia, Inspección y Control, mediante la recaudación y procesamiento de las evidencias obtenidas en el ejercicio de inspección y vigilancia.

Las funciones específicas puede encontrarlas en la Resolución 2108 de 2020 "Por la cual se crean Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, se asignan funciones y se derogan unas resoluciones"

Promoción y Prevención

El Grupo Interno de Trabajo de Promoción y Prevención fue creado con el fin de diseñar e implementar estrategias de promoción, divulgación normativa y autocontrol que orienten a los prestadores de servicios de telecomunicaciones y servicios postales en la implementación de medidas para el cumplimiento de las obligaciones a su cargo y para el fomento de la cultura de la legalidad.