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MinTIC apoya la implementación del Servicio de Interoperabilidad de la Historia Clínica

Última actualización: 07 de febrero de 2020
El MinTIC será el responsable de generar las recomendaciones para la adopción de los estándares técnicos de intercambio de información y acompañar a las entidades prestadoras de los servicios de salud en la implementación de los Servicios Ciudadanos Digitales, en especial el servicio de Interoperabilidad con la plataforma X – Road.

El presidente de la República, Iván Duque, sancionó la Ley 2015 de 2020, que busca regular la Interoperabilidad de la Historia Clínica a través del intercambio de información entre los prestadores de salud para mejorar la atención de estos servicios en el país. El documento es producto del trabajo de los últimos meses del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), en coordinación con el Ministerio de Salud y Protección Social, y el Congreso de la República.

La Interoperabilidad de la Historia Clínica tiene como objetivo cubrir las grandes necesidades tecnológicas del sector salud en cuanto a la gran demanda de intercambio de información entre las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS), tanto públicas como privadas, para fortalecer la toma de decisiones por parte de los profesionales de la salud y así asegurar la continuidad en la asistencia médica, entre muchos otros casos.

Actualmente, la información del sistema de salud sobre los pacientes se encuentra fragmentada, dispersa en múltiples bases de datos y tecnologías no integradas. Es aquí donde el intercambio de información basado en estándares va a permitir la interoperabilidad entre los sistemas de información hospitalarios que dan soporte al proceso asistencial.

Esta norma dispone un plazo de 12 meses, contados a partir del día de la expedición de la ley, para que el Ministerio de Salud y Protección Social y el MinTIC establezcan las condiciones del modelo y de los estándares médicos, de salud y técnicos de la Interoperabilidad de la Historia Clínica en el país.

Además, menciona elementos claves para tener en cuenta, como la regulación en la obtención de los datos clínicos relevantes, los documentos y expedientes clínicos que hacen parte en el curso de vida de cada persona y establece en temas de seguridad de la información dos aspectos obligatorios:

- El respeto a la Ley 1581 de 2012 de protección de datos personales, Hábeas Data.

- En cuanto a la incorporación de los datos personales, la Historia Clínica debe contar con el máximo nivel de seguridad digital y preservar los derechos de los pacientes.

MinTIC apoya la implementación del Servicio de Interoperabilidad de la Historia Clínica

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