
Ministerio TIC publica para comentarios del sector el proyecto de resolución por la cual se reglamenta el parágrafo transitorio 2 del artículo 36 de la Ley 1341 de 2009. (Plazo para comentarios cerrado)
Nacional
Última actualización: 25 de noviembre de 2021
El Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), continuando con su labor de masificar el acceso al servicio de Internet fijo y así conectar cada día a más colombianos, publica para comentarios del sector el proyecto de resolución a través de la cual se reglamenta el parágrafo transitorio 2 del artículo 36 de la Ley 1341 de 2009.
El proyecto de resolución tiene como propósito determinar las condiciones para que los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones (PRST) que proveen el servicio de acceso a Internet fijo residencial minorita y que al 31 de diciembre de 2020 tenían menos de 30.000 usuarios, accedan al beneficio de la exención de la contraprestación periódica por cinco (5) años.
Los invitamos a consultar el proyecto de resolución y a enviar sus comentarios desde hoy 8 de noviembre y hasta el próximo 23 de noviembre de 2021.
- Consulte aquí el proyecto de resolución:
- Consulte aquí la memoria justificativa:
Consulte los documentos anexos:
- Consulte aquí la matriz de comentarios:
- Consulte aquí los comentarios de Claro:
- Consulte aquí los comentarios de TV Azteca:
- Consulte aquí los comentarios de Tigo: