
El Ministerio TIC publica para comentarios el proyecto de resolución a través de la cual se deroga el parágrafo 3 del artículo 3 de la Resolución 2456 de 2023, que hace referencia a las condiciones para la asignación y modificación de obligaciones de hacer para los Proveedores de Redes y Servicios de Telecomunicaciones (PRST) cuando se declaren situaciones de emergencia.
Esta resolución se enmarca en el propósito del Ministerio TIC de promover el acceso a las TIC y el despliegue de infraestructura, para garantizar que la ciudadanía goce de los derechos constitucionales a la comunicación incluso en situaciones de emergencia, casos en los que la normativa permite asignar o modificar, previo acuerdo con el PRST-IMT, las obligaciones derivadas de los procesos de subasta o contenidas en los permisos y renovaciones del uso del espectro adioeléctrico.
Sin embargo, el parágrafo 3 del artículo 3 de la Resolución 2456 de 2023 introduce una restricción que limita a la entidad para adoptar medidas oportunas y eficaces para conjurar situaciones de emergencia, y genera una diferenciación normativa, que tiene por efecto impedir la posibilidad de asignar o modificar obligaciones de hacer durante estos periodos.
La derogatoria de esta limitación permitirá actuar con la celeridad, flexibilidad y eficacia que exigen las situaciones de emergencia, garantizando la continuidad en la prestación de un servicio público esencial. Además, ayudará a priorizar el interés general sobre restricciones formales que podrían afectar la atención oportuna de la crisis.
Es importante tener en cuenta esta derogatoria no modifica las condiciones de asignación del espectro radioeléctrico, ni el régimen jurídico de los actos particulares, ni las obligaciones de hacer establecidas en los actos administrativos particulares mediante los cuales se otorgaron los respectivos permisos, las cuales continúan rigiéndose por las normas y condiciones que estructuraron el proceso de selección objetiva y por las resoluciones de asignación correspondientes.
El borrador de la resolución y sus documentos complementarios podrán ser consultados anexo a esta comunicación. Los interesados pueden enviar sus comentarios al correo electrónico proyectos.normativos.dicom@mintic.gov.co, entre el 10 y el 25 de abril del 2026.