
El Ministerio TIC publica para comentarios de los interesados el proyecto de Decreto a través del cual se establece la tarifa de contraprestación periódica de los operadores postales para el periodo 2026-2028. El borrador de la normativa, que modifica el numeral 2 del artículo 2.2.8.4.4 del Decreto 1078 de 2015, establece mantener en 1,4 % de los ingresos brutos la contraprestación periódica que deben pagar los operadores postales por la prestación de sus servicios.
Este porcentaje es el resultado de los análisis técnicos, económicos y financieros adelantados por el Ministerio TIC, en los que se evaluaron la evolución del mercado postal, las necesidades de financiación del sector postal y la sostenibilidad de los componentes financiados con estos recursos.
La propuesta también responde a la necesidad de brindar seguridad jurídica y previsibilidad al sector, permitiendo que los operadores cuenten con reglas claras para el desarrollo de sus actividades durante el próximo periodo regulatorio.
El Ministerio TIC invita a operadores postales, gremios, ciudadanía y demás actores interesados a presentar observaciones o comentarios sobre el borrador del decreto. Estos se pueden enviar a través de correo [email protected], entre hoy 2 de junio y el 17 del mismo mes del presente año.
El proyecto y sus documentos anexos se pueden consultar anexos a esta comunicación: