Pago pendiente saldo concesión – ANUAL 2022
Última actualización: 11 de octubre de 2022
Última actualización: 11 de octubre de 2022
Aspecto
Obligación financiera
Objetivo
ARTÍCULO 6. PAGO PENDIENTE DE LA CONCESIÓN O SU PRÓRROGA. En aplicación del artículo 33 de la ley 1978 de 2019 pagará al Fondo Único de TIC los saldos pendientes de la prórroga del contrato de concesión 140 de 1997 a la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes reglas: El precio de la prórroga que se encuentra pendiente por pagar a la fecha de expedición de la presente Resolución deberá pagarse en nueve (9) cuotas anuales pagaderas el 11 de octubre de cada año a partir de 2020, y el valor de cada cuota será ajustado, anualmente, en el mismo porcentaje de variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año inmediatamente anterior. RCN TELEVISION S.A. y CARACOL TELEVISION S.A.
Normas
Normatividad Principal
"Por la cual se reglamenta el servicio de la televisión y se formulan políticas para su desarrollo, se democratiza el acceso a éste, se conforman la Comisión Nacional de Televisión, se promueven la industria y actividades de televisión, se establecen normas para contratación de los servicios, se reestructuran entidades del sector y se dictan otras disposiciones en materia de telecomunicaciones".
Por la cual se moderniza el Sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC, se distribuyen competencias, se crea un Regulador Único y se dictan otras disposiciones
Res 2765 - 2019 MinTIC
A través de las resoluciones No. 2765 y 2766 del 11 de octubre de 2019, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones renovó a esos operadores el permiso para el uso del espectro radioeléctrico, hasta el 10 de enero 2029.
Contacto
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