Noticias

Durante la cuarentena, colombianos con planes móviles pospago tendrán acceso gratuito a 20 sitios en Internet
Nacional
El listado de direcciones electrónicas (URL) a las que deben tener acceso ilimitado los usuarios está relacionado con servicios de salud, educación, atención de emergencias, protección de derechos y gobierno.
Como parte de las medidas que ha adoptado el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) en medio de la emergencia económica, social y ecológica decretada por el presidente, Iván Duque, para enfrentar la pandemia del COVID-19, la entidad expidió una norma que permite a los colombianos con planes pospago el acceso a 20 URL que, por su naturaleza, ofrecen servicios o información necesaria y útil en la coyuntura.
Se trata de la resolución No. 639 del 1 de abril de 2020, firmada por la ministra TIC, Sylvia Constaín, en cumplimiento del decreto No. 464 del pasado mes de marzo, que clasifica a las telecomunicaciones como un servicio público esencial, teniendo en cuenta que es la principal herramienta con la que los colombianos pueden dar continuidad y cumplimiento en varias de sus responsabilidades laborales, académicas y contractuales.
"Esta es una decisión que tomamos como Gobierno, pensando en garantizar el acceso a la información necesaria para que los ciudadanos puedan conocer oportunamente y hacer uso de servicios relacionados con salud, atención de emergencias, educación, entre otros", explicó la jefe de la cartera de las TIC.
La medida cobija puntualmente a los usuarios de telefonía móvil (voz y datos) con planes pospago de hasta $71.214 mensuales y que, por razones de la pandemia, no han podido cancelar oportunamente sus facturas.
Las URL cobijadas por la resolución corresponden a páginas como la Dirección Nacional de Bomberos, Fundación Red Papás, ICBF, Instituto Nacional de Salud, MinCultura, MinEducación, MinInterior, MinSalud, MinTic, MinTrabajo, Policía Nacional, Presidencia de la República, RTVC, Sena Virtual y Superintendencia de Industria y Comercio.
En estas direcciones se pueden consultar temas del MinSalud acerca del COVID-19, servicios de telecomunicaciones, radiodifusión sonora, postales y de televisión que en la situación actual son esenciales, alertas tempranas preventivas sobre la probabilidad de ocurrencia de fenómenos naturales, reporte anónimo de situaciones que vulneran los derechos de niñas, niños y adolescentes en el entorno digital, oferta de servicios y líneas estratégicas de prevención de vulneración de derechos de niñas, niños y adolescentes; más de 600 contenidos entre juegos, canciones, videos, libros y aplicaciones para que los niños de primera infancia, en compañía de un adulto, puedan explorar y divertirse.
Así mismo, contenidos educativos digitales en todas las áreas del conocimiento, la coordinación de las políticas públicas para el fortalecimiento de la democracia, la convivencia y la participación ciudadana; el disfrute de los derechos y libertades públicas, y el ejercicio pleno del Estado Social de Derecho e información necesaria para realizar trámites con las entidades del Estado.
Consulte la resolución No. 639 del 1 de abril de 2020.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 464 de 2020 y el Decreto 555 de 2020 y el parágrafo 2 del artículo 1 de la Resolución 639 de 2020, el anexo con las 20 URLs es el siguiente: