01 de febrero de 2018
Devolución saldos a favor
Solicitar la devolución de pagos en exceso o sin justificación por concepto de contraprestación por los diferentes conceptos al Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones siempre y cuando haya compensado las deudas y obligaciones vencidas si es que estas existieren.
Descripción:
Obtener la devolución y/o compensación de pagos en exceso o lo no debido, si ha cancelado sumas mayores por concepto de obligaciones no tributarias o ha efectuado pagos sin que exista causa legal para hacer exigible su cumplimiento
Dirigido a:
- Proveedores de Redes y Servicios de Telecomunicaciones
- Concesionarios de los Servicios de Radiodifusión Sonora
- Operadores Postales
Pasos a seguir:
-
Reunir documentos y cumplir condiciones
- Carta Solicitando la devolución de saldo Firmada por el representante legal
- Formulario Devolución saldos a favor (original)
- En caso de que ser apoderado, debe allegar la solicitud firmada por el representante legal
- Certificación cuenta Bancaria no mayor a 30 días (original)
- Cédula de ciudadanía del representante legal y/o apoderado
- Carta escrita autorizando el descuento del 4*1.000 (original) -
Presentar la solicitud y los documentos requeridos
Radicar la documentación en el Punto de atención presencial. (Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones- Bogotá, D. C. Lunes a Viernes 8:30 am - 4:30 pm, Cra. 8a # 12 - 13 Teléfono: 3443460) -
Notificarse del resultado del tramite en el Punto de Atención Presencial del Mintic
La notificación deberá hacerla ante el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en el Punto de atención presencial.
Tiempo estimado:
90 día(s) hábiles
Medios para hacer seguimiento:
Presencial: Ventanilla del Punto de atención presencial. Edificio Murillo Toro Carreras 8a entre calles 12 y 13
Horario: Lunes a Viernes de 8:30 am a 4:30 pm
Telefónico Conmutador Bogotá: 57-1 3443460 Línea Gratuita: 01-800-0914014
Resultado:
Acto Administrativo de reconocimiento de devolución y/o compensación
Normatividad:
- Resolución 1553 de 2001Establece el Procedimiento
- Resolución 2877 del 2011 Articulo 7