13 de marzo de 2015
Autorización para compartir infraestructura de Radiodifusión Sonora. (R.415-10)
Con el fin de promover el uso eficiente de la infraestructura existente o futura asociada con el sistema de transmisión de las estaciones de Radiodifusión Sonora, los proveedores del servicio de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A.M.) y Frecuencia Modulada (F.M.) podrán compartir dicha infraestructura siempre y cuando las estaciones radiales mantengan las condiciones relacionadas con el área de servicio inicialmente autorizada a las emisoras y no genere un cambio de clase de las mismas, de conformidad con el PTNRS.
Con el fin de promover el uso eficiente de la infraestructura existente o futura asociada con el sistema de transmisión de las estaciones de Radiodifusión Sonora, los proveedores del servicio de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A.M.) y Frecuencia Modulada (F.M.) podrán compartir dicha infraestructura siempre y cuando las estaciones radiales mantengan las condiciones relacionadas con el área de servicio inicialmente autorizada a las emisoras y no genere un cambio de clase de las mismas, de conformidad con el PTNRS.