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13 de marzo de 2015

Cesión y transferencia de los derechos de la concesión Radiodifusión Sonora. (R. 415-10)

La cesión por acto entre vivos de los derechos y obligaciones derivados de la concesión requiere autorización previa del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Aplica solo para concesiones de Radiodifusión Sonora Comercial.

La cesión por acto entre vivos de los derechos y obligaciones derivados de la concesión requiere autorización previa del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Aplica solo para concesiones de Radiodifusión Sonora Comercial.

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  • Actualizado el: lunes, 07 de septiembre de 2020