Permisos temporales para el uso del espectro radioelectrico
Otorgar directamente permisos para el uso temporal del espectro radioeléctrico, para garantizar la continuidad en la prestación del servicio de provisión de redes y servicios de telecomunicaciones
Descripción
Otorgar directamente permisos para el uso temporal del espectro radioeléctrico, para garantizar la continuidad en la prestación del servicio de provisión de redes y servicios de telecomunicaciones
Dirigido a:
- Personas Jurídicas prestadoras de servicios de telecomunicaciones
Pasos a seguir
-
Reunir los documentos y cumplir con las condiciones establecidas por el trámite
Documento: Carta de solicitud (1 Original). El solicitante podrá ser persona natural o jurídica y deberá justificar la necesidad del uso temporal de las frecuencias solicitadas, indicando además:
* El número de frecuencias requeridas y su ancho de banda
* Denominación de la emisión
* La banda del espectro radioeléctrico donde operan los equipos que se proyecta utilizarLa potencia máxima a utilizar
* Diagrama topológico de la red con coordenadas geográficas de la ubicación de lasestaciones fijas, cuando se trate de terminales portátiles y/o móviles se indicará elárea geográfica en la cual se desplazarán
* Distancia en Km y azimut, cuando se trate de enlaces punto a punto
* El área de geográfica en la cual se hará uso del permiso respectivo
* El tiempo durante el cual hará uso del permiso respectivo -
Presentar la solicitud y los documentos requeridos
Radicar la documentación en el Punto de atención presencial. (Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones- Bogotá, D. C. Lunes a Viernes 8:30 am - 4:30 pm, Cra. 8a # 12 - 13 -
Notificarse del resultado del trámite
La notificación deberá hacerla presencialmente ante el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en el Punto de Atención Presencial
Tiempo estimado del trámite
30 días hábiles
Medios para hacer seguimiento
Presencial: Ventanilla del Punto de atención presencial. Edificio Murillo Toro Carreras 8a entre calles 12 y 13
Horario: Lunes a Viernes de 8:30 am a 4:30 pm
Telefónico Conmutador Bogotá: 57-1 3443460 Línea Gratuita: 01-800-0914014
Resultado
Acto Administrativo
Normatividad
- Decreto 4392 de 2010. Artículos 9 y 10
- Resolución 2877 de 2011. Articulo 6
- Resolución 2249 de 1999. Articulo 3
Contactenos
En caso de tener inquietudes o evidenciar inconvenientes en su trámite, podrá comunicarse con los funcionarios encargados del Ministerio al teléfono 3443460 (Ext. 2265)